Fundación Margen: “No hay voluntad política de querer reconocer el trabajo sexual”

JOHAN ORDONEZ/ AFP

Durante la madrugada del 9 de abril, pasadas las 2.30 AM, un hombre llegó hasta la intersección de Cuevas con Copiapó, epicentro del barrio rojo capitalino. El sujeto disparó al menos 13 veces, impactando a dos de las trabajadoras sexuales que se encontraban en el lugar. 

Las mujeres - una de nacionalidad chilena y otra ecuatoriana, ambas de identidad desconocida - resultaron con heridas graves y una de ellas estuvo en riesgo vital. Según los antecedentes recogidos por el fiscal Felipe Olivari, “lo que tenemos por las versiones que nos dan ellas mismas, un vehículo se detiene en el lugar, se baja un sujeto con rostro descubierto al parecer y con un arma de fuego le dispara a ambas en numerosas oportunidades".

Los motivos detrás del ataque son desconocidos, sin embargo, no existe una cobertura profunda al respecto. Es más, luego de la conmoción inicial no se supo más información sobre el caso. Sin embargo, sucesos similares a este son la realidad de los y las trabajadoras sexuales en Chile.

Fundación Margen de Apoyo y Promoción de la Mujer, integrante de la Red de Mujeres y Trabajadoras Sexuales de Latinoamérica y el Caribe (REDTRASEX), condenó a través de redes sociales el ataque: “La desprotección legal del trabajo sexual fomenta la delincuencia contra trabajadoras. ¡No somos delincuentes, somos trabajadoras y demandamos derechos!”. 

La no regulación del trabajo sexual es el origen de la mayor parte de violaciones de derechos que viven las personas que realizan este tipo de comercio, así lo demuestran diversas publicaciones e investigaciones realizadas por la REDTRASEX.

En “Marco legal sobre el trabajo sexual y participación política de las mujeres trabajadoras sexuales en Chile”, estudio realizado por Fundación Margen y la REDTRASEX en 2016 y actualizado en 2020, se explica que los problemas que enfrentan cotidianamente quienes ejercen trabajo sexual “son de origen complejo, pero el denominador común a todos ellos es la falta de reconocimiento del trabajo sexual como un trabajo y la falta de regulación de las condiciones de trabajo”.

“Trabajo sexual es trabajo”

El edificio no llama demasiado la atención, pareciera ser uno más de los múltiples construcciones que abundan en Avenida Portugal. Perteneciente a Bienes Nacionales, tiene una reja alta que termina en alambre de púas, y la fachada del primer piso está adornada con múltiples murales. 

Adentro hay varias organizaciones sociales, entre ellas Fundación Margen de Apoyo y Promoción de la Mujer. Cuando me acerco a las mujeres que se encuentran en las oficinas del grupo noto que me observan desde la lejanía con cierta reticencia. Margen no realiza entrevistas en televisión, ni tampoco hablan con los medios las mujeres que se acercan pidiendo asesoría. No confían mucho en los medios de comunicación y, lamentablemente, es completamente entendible. 

La cita es para conversar con Herminda González, cofundadora de Margen y REDTRASEX, expresidenta y actual vocera de la organización chilena. 

Fotografía cedida por Fundación Margen

Las mujeres y Víctor Hugo Robles,  encargado de prensa de Margen, se encuentran preparándose para un terreno en el centro de Santiago, donde entregan condones, internos y externos, hablan con las trabajadoras sexuales y les informan sobre sus derechos. 

Herminda me lleva hasta el salón del edificio, donde solo hay una mesa y sillas. A medida que conversamos se va soltando, comentando experiencias personales de casi 30 años de activismo. No habla de su experiencia personal con el trabajo sexual, el que ya no ejerce, y tampoco le pregunto: no es relevante en este momento. 

“Trabajo sexual es trabajar en un café toples, hacer un intercambio de sexo por algún objeto; todo lo que exhiba con mi cuerpo para el placer de otro es trabajo sexual, aunque yo no tenga coito”, explica González.

Me explica sobre los inicios de la fundación, que vio sus orígenes en la Asociación Pro Derechos de la Mujer Ángela Lina y el Sindicato de Mujeres Trabajadoras Sexuales Ángela Lina, ambos nombrado en honor a una excompañera de oficio asesinada por un cliente.  

A pesar de que han pasado décadas desde el comienzo de la lucha sindical de quienes ejercen comercio sexual en Chile, la violencia que experimentan los que practican este oficio no ha disminuido lo suficiente. 

Si bien Margen condenó a través de X (ex Twitter) el ataque contra las mujeres en la madrugada del martes, no saben quienes son. “Sería imposible llevar un registro de quienes ejercen trabajo sexual, porque son muchas y constantemente van cambiando. Además, no es lo que nosotras hacemos”, me explica. 

Herminda González y Eliana Dentone en marcha 8M, 2019

Pese a desconocer la identidad de las mujeres baleadas, no es indiferente a las circunstancias que permiten este tipo de violencia: “lamentablemente, hay un cruce de muchas cosas, mucha inseguridad en el país. La delincuencia también afecta a las trabajadoras sexuales, porque hay muchos delincuentes que atacan a las trabajadoras sexuales, que las asaltan o asaltan a su cliente”.

En “Marco legal sobre el trabajo sexual y participación política de las mujeres trabajadoras sexuales en Chile” (estudio nombrado con anterioridad), Fundación Margen enumera las múltiples muestras de violencia institucional de las que son víctimas las trabajadoras sexuales, entre las cuales se encuentran “detenciones arbitrarias e ilegales, extorsiones, robo de pertenencias, intimidaciones y amenazas para que no presentemos denuncias, acoso y violaciones para dejarnos en libertad”.

Todas estas vulneraciones de derechos se originan en el terreno gris que es el comercio sexual en Chile. 

Regulación del trabajo sexual en Chile

En la Constitución se establece “El derecho de asociarse sin permiso previo” se establece en el apartado 15°, mientras que en el 16° se manifiesta que se protege “la libertad de trabajo y su protección”, estableciendo que “Toda persona tiene derecho a la libre contratación y a la libre elección del trabajo con una justa retribución”.

En el apartado 21° se establece “El derecho a desarrollar cualquiera actividad económica que no sea contraria a la moral, al orden público o a la seguridad nacional, respetando las normas legales que la regulen”.

En tanto, el Código Penal no menciona el trabajo sexual o la prostitución como un delito. Prohíbe la explotación sexual de menores en el artículo 367 y la trata con fines de explotación en el 367bis.

Hay un vacío legal, porque si esto fuera reconocido todo sería muy distinto: las compañeras podrían tener jubilación, optar a créditos, entre otros
— Herminda González, vocera Fundación Margen

No obstante, esta reglamentación tiene una serie de artículos redactados de una manera ambigua, que favorecen la persecución y la represión de las trabajadoras sexuales.

El artículo 373 dispone que “Los que de cualquier modo ofendieren el pudor o las buenas costumbres con hechos de grave escándalo o trascendencia, no comprendidos expresamente en otros artículos de este Código, sufrirán la pena de reclusión menor en sus grados mínimo a medio”.

Según explica Margen en la actualización de 2020 del estudio antes mencionado, “se deja al arbitrio de las fuerzas de seguridad y de los oficiales de justicia algo tan subjetivo como el escándalo o la trascendencia, abriendo la puerta a abusos hacia las trabajadoras sexuales, cuyo trabajo está altamente estigmatizado”. 

El artículo 495 dispone que “Serán castigados con multa de una unidad tributaria mensual:

1° El que contraviniere a las reglas que la autoridad dictare para conservar el orden público o evitar que se altere, salvo que el hecho constituya crimen o simple delito.

4°. El particular que cometiere igual falta respecto de cualquier funcionario revestido de autoridad pública, mientras ejerce sus funciones, y respecto de toda persona constituida en dignidad, aun cuando no sea en el ejercicio de sus funciones, siempre que fuere conocida o se anunciare como tal; sin perjuicio de imponer, tanto en este caso como en el anterior, la pena correspondiente al crimen o simple delito, si lo hubiere.

Fotografía cedida por Fundación Margen

5° El que públicamente ofendiere el pudor con acciones o dichos deshonestos.

7°. El que infringiere los reglamentos de policía en lo concerniente a quienes ejercen el comercio sexual”.

Este artículo es utilizado comúnmente como excusa para reprimir a las trabajadoras sexuales que se niegan a abandonar sus puestos de trabajo en la vía pública.

Además, la socióloga Teresa Lastra expresó en “Más allá del margen. Memorias de Mujeres Trabajadoras Sexuales en Chile” que “existe una regulación, pero es represiva”. 

“Nuestro país tiene un sistema regulatorio para el trabajo sexual”, explica Lastra en el apartado “¿Es importante la regulación legal?”. 

“Eso significa que el comercio sexual se regula a través del Código Sanitario, por la profilaxis y la prevención del VIH/SIDA y otras ITS”, complementa (..) Junto con eso, dice que se prohíben todas las casas de tolerancia donde se ejerza esta actividad, ahí está la contradicción y la ambivalencia”, complementa la socióloga. 

“Se trata de un sistema regulatorio represivo porque incluye la discrecionalidad de parte de Carabineros de Chile. Si se quiere regular efectivamente y con perspectiva de derechos debiera estar en el Código Laboral”, cierra Lastra. 

“La falta de una ley que regula nuestra actividad genera un marco dentro del cual, amparadas en inconstitucionalidades normas administrativas, las fuerzas de seguridad nos persiguen, detienen, allanan y hasta clausuran nuestros domicilios particulares, ejerciendo violencia inaceptable hacia nosotras y, consecuentemente, a nuestras familias”, explica la REDTRASEX.